http://dx.doi.org/10.22201/iie.18703062e.2002.81.2127

Obras, documentos, noticias

 

Una carta de examen para obtener el título de maestro del carpintero poblano Pedro Muñoz1

 

Patricia Díaz Cayeros

 

Instituto de Investigaciones Estéticas, UNAM

 

EL 6 de agosto de 1721, UN hombre de mediano cuerpo, ojos pardos, cabello corto negro con entradas de calva y un lunar sobre la ceja izquierda obtuvo el título de maestro carpintero en el ramo de ebanistería. Su carta de examen indica que dos días antes se le había otorgado otro título en el ramo de carpintería de lo blanco.2 Después de evaluar su capacidad e indicar que el aspirante había pasado satisfactoriamente las pruebas, las autoridades de los gremios de carpintería y albañilería, así como las del ayuntamiento de Puebla, le autorizaron la contratación tanto de estructuras arquitectónicas ("carpintería de fuera") como de mobiliario ("carpintería de tienda").3 La evaluación en ambos ramos se llevó a cabo en presencia del alcalde del gremio y de tres veedores examinadores, peritos en las áreas de carpintería de lo blanco, ebanistería, carrocería, albañilería y cantería.4 La firma de cada uno de ellos aparece en una de las pruebas encomendadas al aspirante y que todavía se conserva: un trazo de una "puerta de capilla de escritorio" que se anexó a la carta de examen. Es decir, la representación de una decoración de tipo arquitectónico para la zona frontal y central de un hipotético escritorio.5 En el documento escrito se hace un recuento del examen que —como era costumbre— fue tanto práctico como teórico. La carta de examen explica que, además de responder bien a las preguntas y de trazar la puerta de capilla de escritorio antes mencionada, trazó un bufete, una basa y una cornisa, así como un lazo en un ochavo.6 Por la escasez de este tipo de material gráfico, el hecho de que la carta conserve una de las trazas realizadas durante el examen proporciona un gran valor al documento que resguarda el Archivo Municipal de Puebla y que hasta ahora había permanecido inédito. La importancia, sin embargo, aumenta al constatar que el nuevo maestro respondía al nombre de Pedro Muñoz.

 

¿Quién era Pedro Muñoz?

De espaldas al altar mayor de la Catedral de Puebla, de frente a la reja que impide el acceso al coro, la vista acaso penetra el espacio hasta detenerse sobre las dos cartelas localizadas en ambos extremos de la sillería. Al centro de ellas, una inscripción casi del todo invisible desde el interior del coro se le revela al visitante que se detiene en el umbral del espacio. Del lado de la epístola, se lee el mismo nombre de quien en agosto de 1721 era examinado en la ciudad de Puebla con la finalidad de obtener el título de maestro carpintero: "Comenzó esta obra el maestro Pedro Muñoz el año de 1719", mientras que del lado del evangelio la frase culmina proporcionando las fechas exactas en que la obra fue realizada: "a 24 de agosto y la acabó a 24 de junio de 1722". Si este Pedro Muñoz es el mismo de la carta de examen, ¿cómo explicar la coincidencia de fechas?

Desde 1570, las ordenanzas que reglamentaban el trabajo de carpintería y albañilería de la ciudad de Puebla prohibieron a los oficiales la realización de obra antes de ser examinados como maestros, independientemente de tener un patrocinador que los quisiera admitir. Con la finalidad de proteger a los agremiados todo carpintero poblano que deseara contratar obra debía mostrar su carta de examen al alcalde y a los veedores del gremio, así como al escribano del cabildo del ayuntamiento para que ellos comprobaran su validez.7 El caso de Pedro Muñoz podría ejemplificar la relativa observancia de dichas reglas, haciendo que el documento encontrado en el ayuntamiento no sólo resulte extraordinario por anexar el dibujo de examen sino por proporcionar información de un gran artista del cual, más allá de su participación en la sillería coral, se tiene muy escaso conocimiento. Sin embargo, también es necesario evaluar la posibilidad de que se trate de un homónimo, posiblemente de un hijo del maestro de la sillería. A continuación presento evidencia que inclina la balanza hacia la primera posibilidad.

La presencia de oficiales no examinados ejerciendo el oficio de maestros no era del todo infrecuente en Puebla. En 1692, por ejemplo, Antonio Rodríguez Guzmán (maestro del arte de carpintero de lo blanco, de lo negro y ebanista) y Diego de la Sierra (maestro mayor del arte de arquitectura, albañilería y cantería) denunciaron a tres oficiales. Como veedores de dos gremios que se encontraban unidos por sus ordenanzas, Antonio Rodríguez y Diego de la Sierra denunciaron penalmente al oficial albañil Cristóbal de Ortigosa y a los oficiales carpinteros Antonio de Moya y Juan de la Parra. Probablemente este Cristóbal de Ortigosa fuera el Cristóbal de Herrera Camacho y Ortigosa que aparece como veedor del oficio de albañilería en el examen de Pedro Muñoz. En ese mismo año de 1692, los veedores acusaron a Ortigosa de encontrarse "trabajando y maestreando" unas casas altas y bajas de Nicolás Godines en la calle que iba del Colegio del Espíritu Santo a los molinos; a Antonio de Moya por trabajar en tienda pública en la calle de Santo Domingo y a Juan de la Parra por oficiar delante del convento de religiosas de Santa Teresa, pues ambos oficiales de carpinteros trabajaban en tienda pública sin haber sido examinados ni presentado en su juzgado sus cartas de examen. Los veedores pidieron que el escribano, en compañía del ministro de ese juzgado, fuera a las casas en donde los susodichos trabajaban, los aprehendiera y llevara a la cárcel pública. En lo que respecta a Cristóbal de Ortigosa, al día siguiente estaba preso. Suplicó ser puesto en libertad por no contar con buena salud y explicó que hacía dos meses, más o menos, estaba por ir a la ciudad de México a examinarse de maestro del dicho arte de arquitectura y albañilería. Dijo haber hecho las informaciones necesarias, pero que Diego de la Sierra —quien ahora lo acusaba— consideró que el examen no era necesario y que los gastos eran "muy crecidos". Afirmó que el maestro le había propuesto y dado permiso de trabajar uno o dos años, y ofrecido examinarlo una vez que transcurriera ese tiempo. Con esta historia, Ortigosa solicitaba un plazo de tres meses para examinarse.8

Es posible que la muerte del patrocinador de Pedro Muñoz fuera el acontecimiento que promoviera su examen e impidiera que éste corriera una suerte similar a la de Ortigosa. El cronista poblano Diego Antonio Bermúdez de Castro (1692/1693-1746) narra en su historia de la ciudad de Puebla que la sillería fue realizada dentro del palacio episcopal bajo la dirección y el influjo del obispo don Pedro Nogales Dávila.9 El 9 de julio de 1721 fallecía el prelado y con él se vulneraba la situación en la que el artesano había estado trabajando en los últimos dos años: bajo la protección de un patrocinador poderoso y dentro de un espacio que no era público. En mi opinión, este factor explica el que menos de un mes después el artesano recibiera de las autoridades del gremio de carpinteros de Puebla y del ayuntamiento el título de maestro en los ramos de ebanistería y carpintería de lo blanco, pero es necesario hacer ciertas precisiones. En los inventarios y avalúos que se realizaron de los bienes del difunto obispo durante el mes de julio, Pedro Muñoz aparece como maestro carpintero y los trazos de su firma coinciden con los de las firmas que posteriormente aparecen en los exámenes.10 De especial interés es un documento de los Expolios con fecha del 21 de julio de 1721. En éste, Pedro Muñoz acepta ser nombrado valuador y jura hacerlo sin cometer fraude. Después de la firma del maestro, se registra la firma de un hombre que fungió como testigo y que también respondía al nombre de Pedro Muñoz. Al confrontar ambas firmas con las que aparecen en los exámenes pude constatar que la que coincide con los exámenes es la que corresponde al maestro carpintero y no la del testigo.11 Si el carpintero de la sillería de coro, el maestro que realizó el avalúo de los bienes del obispo y quien se examinó en los ramos de carpintería de lo blanco y ebanistería son la misma persona, ¿cómo explicar el interés de Pedro Muñoz en examinarse de nuevo?

Las ordenanzas del gremio explican que los carpinteros podían examinarse en varios niveles y aun pudiendo tener tienda se les prohibía usar el oficio o tomar obras que sobrepasaran o excedieran la facultad para la cual habían sido examinados.12 Como hemos visto, Pedro Muñoz ya era un maestro examinado al tiempo que trabajaba en la sillería del coro; sin embargo, es posible que se encontrara realizando una obra que sobrepasaba las facultades que avalaba su examen de maestro. Así, es posible acercarse a los exámenes realizados en agosto de 1721 dentro del marco de las ordenanzas 14 y 15 que obligaban a volverse a examinar cuando el maestro se encontrara en esta situación.13 A partir de la lectura exclusiva de las ordenanzas se pudiera pensar que el nivel más bajo al cual podía aspirar un carpintero era el de ebanista (el tipo de trabajo que Pedro Muñoz se encontraría realizando en el palacio episcopal); sin embargo, como deja ver la carta de examen que el 15 de enero de 1721 se le otorgó a Miguel García, era posible examinarse tan sólo de "maestro carpintero". Los veedores del oficio de carpinteros declararon que habían examinado a Miguel García, de veintiún años, después de lo cual le dieron poder y facultad para que pudiera usar y ejercer el oficio de carpintero con tienda y obrador público.14

La evidencia presentada me inclina a pensar que la carta de examen que ahora se da a conocer corresponde al artista que realizó el extraordinario trabajo de marquetería de la sillería del coro de la Catedral de Puebla. Por lo tanto, el documento permite conocer el tipo de formación que para entonces había alcanzado el artista. Además, informa que se trató de un originario de la ciudad de Puebla ("español, vecino y natural"). Así, el documento ayuda a contextualizar la utilización tan sui generis que en la sillería poblana se hizo de modelos europeos y la afortunada coincidencia de la dirección intelectual de un obispo peninsular y la habilidad y tradición formal de un artista local.

 

EL DOCUMENTO15
[f. 153 v]
Al margen: "Examen en 6 de agosto de 1721 años."

En la muy noble y muy leal ciudad de los Angeles a seis días del mes de agosto de mil setecientos veinte y un años ante los capitanes y regidores don Ignacio Javier de Victoria Salazar y Frías, alférez mayor y alcalde ordinario por preeminencia de su oficio y ausencia del general don Joseph Núñez de Villavicencio que lo es en ella y don Joseph de Urosa y Barsena, alcalde provincial de la santa [f. 155] hermandad de esta ciudad y su obispado y don Lucas Sáenz de Enciso, Justicia y Diputados Fieles Ejecutores en esta ciudad por su Majestad y por ante mí, el escribano. Parecieron Miguel Ruiz de Narváez, alcalde, y Nicolás de Selis, veedor del oficio de carpinteros de lo blanco y ebanista, Francisco de Eraso, veedor de dicho oficio por lo que mira a la carrocería y Cristóbal de Herrera Camacho y Ortigosa, también veedor por lo que mira a la albañilería y cantería, a quienes yo el escribano doy fe que conozco, y dijeron que en conformidad de las reales ordenanzas de dicho su oficio han examinado en él por lo que mira a el ramo de ebanista a Pedro Muñoz, español, vecino y natural de esta ciudad, a el cual el día cuatro de este presente mes y año de la fecha juraron ante sus mercedes haber examinado asimismo en el dicho oficio de carpintero por lo que mira a lo blanco y se le despachó título en forma para su uso y ejercicio, el cual es un hombre de mediano cuerpo, ojos pardos el color, adusto pelo negro corto y con entradas de calva y un lunar sobre la ceja izquierda y le mandaron trazar una puerta de capilla de escritorio que es la que está cosida en el original de esta carta y asimismo trazó un bufete, sobrepuesto una basa, una cornisa y un lazo en un ochavo y lo ejecutó por sus propias manos bien y cumplidamente y que a todas las preguntas y repreguntas que le hicieron a el caso tocantes, a todas satisfizo de obra y de palabra como hábil, capaz y suficiente oficial mediante lo cual declararon que se le puede mandar dar y librar carta de examen en forma para que le pueda usar y ejercer con tienda pública, oficiales y aprendices y así lo juraron por Dios Nuestro Señor y la señal de la Santa Cruz según derecho y por sus mercedes vista la dicha declaración y juramento hubieron por [f. 155v] examinado a el dicho Pedro Muñoz en el referido oficio de carpintero por lo que mira a el ramo de ebanista y en todo lo que le toca y pertenece y le dieron poder y facultad para que lo pueda usar y ejercer con tienda pública oficiales y aprendices así en esta ciudad como en todas las demás del Rey Nuestro Señor donde viviere y residiere y de parte de Su Majestad —que Dios guarde— exhortan y requieren y de la suya piden y ruegan de merced a todos sus jueces y justicias no consientan que en el uso y ejercicio de dicho oficio se le ponga embarazo ni impedimento alguno, antes le manden dar y den todo el favor y ayuda que hubiere menester para que goce de todos los honores, gracias, privilegios e inmunidades de que gozan y deben gozar los demás maestros examinados de dicho oficio a los cuales mandamos hayan y tengan al dicho Pedro Muñoz por maestro examinado y como a tal le citen y llamen a todas sus juntas, cabildos y elecciones y que para título se le dé un tanto de esta carta sellado su traslado con el sello de esta Nobilísima Ciudad y refrendado de mí el escribano en el cual sus mercedes dijeron interponían e interpusieron su autoridad y judicial decreto tanto cuanto pueden y ha lugar en derecho y le firmaron con dichos maestros examinadores y el examinado que asimismo juró guardar el tenor de las reales ordenanzas, siendo testigos Gregorio de Mendizábal, Joseph de León y Martín de Herrera, vecinos de esta ciudad.

[Firman] Joseph de Urosa Barsena Laynes, Miguel Ruiz de Narváez, Lucas Sáenz de Enciso, Nicolás de Selis Jiménez, Cristóbal de Herrera Camacho y Ortigosa, Francisco de Eraso, Pedro Muñoz, ante mí, Pedro Ibáñez Cabellos, escribano real de cabildo.

 

Notas

1. Agradezco a la licenciada Lucero Álvarez Castro, directora del Archivo Municipal de Puebla, así como a la licenciada Aurelia Hernández la gran ayuda y atenciones que me brindaron durante mis consultas al acervo, así como el permiso otorgado para fotografiar y reproducir las imágenes que aquí se presentan. Este breve estudio forma parte de la investigación que actualmente realizo para mi tesis de doctorado en historia del arte en la UNAM y se ha beneficiado de las generosas recomendaciones de la doctora Clara Bargellini y la maestra Elena Estrada de Gerlero.

2. A diferencia del examen para ebanista, en el examen para carpintero de lo blanco se le pidió que hiciera y trazara una puerta de chaflán y una prensa y que examinara los cartabones. (Archivo Municipal de Puebla, Expedientes (serie 3), volumen 220, f. 153.) Agradezco a la doctora Montserrat Galí el que me hiciera notar que la carta del examen en carpintería de lo blanco también se ha conservado.

3. Tanto en las ordenanzas para los carpinteros de Sevilla (editadas por primera vez en 1527 y por segunda en 1632) como en las de Puebla (de 1570), se distingue a los carpinteros "de tienda" (básicamente orientados hacia la fabricación de mobiliario) de aquellos capaces de realizar obras "de fuera de la tienda" (como lo era la carpintería de armar). Este segundo grupo tenía subdivisiones y todas ellas incluían actividades que demandaban un mayor grado de complejidad que la fabricación de obras de ebanistería. En el lugar más elevado se encontraban aquellos carpinteros capaces de examinarse en "cosas que tocan a la geometría". Así, el "geométrico" era un carpintero capaz de trazar y decorar armaduras de gran complejidad, como "una cuadra de media naranja de lazo lefe". Es decir, una cubierta para una bóveda semiesférica decorada con una rueda de lazo de diez. En un nivel que requería una inferior habilidad estaban aquellos carpinteros capaces de hacer y decorar armaduras con lazos. Finalmente, estaban aquellos que sólo conocían el arte de la fabricación de techumbres o armaduras. Cfr. Ordenanças de Sevilla, que por su original, son aora nuevamente impressas, Sevilla, Andrés Grande, 1632 (ed. facsimilar con introducción de V. Pérez Escolano y F. Villanueva Sandino, Sevilla, Oficina Técnica de Arquitectura e Ingeniería, 1975) y Patricia Díaz Cayeros, "Las ordenanzas de los carpinteros y alarifes de Puebla", en Montserrat Galí (coord.), El mundo de las catedrales novohispanas, Puebla, ICSH-BUAP, 2002.

4. Como en Puebla —a diferencia de lo que sucedía en la ciudad de México— el gremio de carpinteros compartía ordenanzas con el de albañiles, no resulta extraño que uno de los veedores perteneciera al oficio de albañilería.

5. Véase lo referente a "escritorios arquitectónicos" en María Paz Aguiló, El mueble en España, XVI-XVII, Madrid, CSIC-Antiqvaria, 1993, pp. 105-107.

6. Bufete: mesa grande o mediana y portátil. Por lo regular se hacía de madera o piedra, más o menos preciosa, y constaba de una tabla o dos juntas sostenidas en pies de la misma u otra materia. Se usaba para estudiar, escribir o comer. Basa: el asiento que guarnece y en que estriba y se afirma una columna, estatua, etc. O bien el cuerpo inferior de la columna y el pedestal (Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana, Madrid, Imprenta de Francisco del Hierro, 1726). Respecto al "lazo en un ochavo", no se dan detalles del tipo de lazo que Pedro Muñoz trazó circunscribiéndose a una forma ochavada. Probablemente se trató del tipo de diseños utilizados para decorar armaduras en la carpintería de armar.

7. La ordenanza número ocho poblana obligaba a que "ningún oficial así de carpintería como de albañilería en tanto que no fuere examinado en esta tierra o en los reinos de Castilla, no pueda hacer ninguna obra hasta en tanto que sea examinado y vista su habilidad si basta para poder usar cualquiera de los dichos oficios y hablar en las dichas obras, y que aunque los señores de las dichas obras le quieran admitir, al que así no fuere examinado en los reinos de Castilla o en esta tierra y quisiere hablar de la dicha obra a poner la dicha tienda, no la pueda hacer hasta tanto que haya mostrado su carta de examen, en cualquiera de las dichas facultades y mostrada al dicho alcalde y veedores y examinadores junto con el escribano de cabildo, para que se vea y compruebe si la dicha carta que así mostrare es válida para poder usar de ella". Díaz Cayeros, "Las ordenanzas...", op. cit., pp. 108-109.

8. Archivo Municipal de Puebla, Expedientes (serie 3), volumen 222, fs. 432-439. Sigo la paginación moderna del volumen.

9. Diego Antonio Bermúdez de Castro, Theatro angelopolitano, Puebla, Junta de Mejoramiento Moral, Cívico y Material del Municipio de Puebla, 1985, p. 206.

10. AGN, Expolios, t. 15, exp. 1, 1721, fs. 1-169.

11. Queda para un estudio posterior investigar si este testigo está o no relacionado con el constructor de la sillería. El trazo de la letras "M" y "ñ" curiosamente corresponde a la manera en que el nombre fue escrito por el escribano dentro del texto que antecede. Sirva esta pista para una futura solución del problema.

12. Véase ordenanza 6 en Díaz Cayeros, op. cit., p. 108.

13. La ordenanza 14 indicaba a los que ya estuvieran examinados de tenderos que "si en algún tiempo supiere hacer alguna obra fuera e se quisiere examinar de ello, que el dicho alcalde e examinadores le examinen". La ordenanza 15 indicaba que "si en algún tiempo el tal oficial que se hubiere examinado hubiere deprendido más de lo que la primera vez se examinó o quisiere tornarse a examinar de lo demás que supiere y hubiere deprendido los dichos examinadores, sean obligados a lo tornar a examinar y le dar su carta de examen de todo aquello que diere razón". Díaz Cayeros, op. cit., p. 110.

14. Archivo Municipal de Puebla, Expedientes (serie 3), volumen 220, fs. 142-143. He seguido la numeración moderna que abarca el volumen completo, marcada con lápiz.

15. Archivo Municipal de Puebla, Expedientes (serie 3), volumen 220, fs. 153v y 155. He seguido la numeración moderna que abarca el volumen completo, marcada con lápiz. Se ha modernizado la ortografía y la puntuación.